Clausuraron la empresa CryptoPatagonia
El Municipio de Río Grande procedió a la clausura de la totalidad del predio donde funciona la empresa CryptoPatagonia. En el lugar se hicieron mediciones de decibeles desde el exterior del predio. La empresa no habría estado autorizada a producir energía por cuenta propia, además de ser responsable de contaminación ambiental y contaminación sonora.
Funcionarios y técnicos de la Dirección de Industria y Comercio del Municipio de Río Grande procedieron en la mañana de este viernes 25 de julio, a la clausura, en su totalidad, del predio donde funciona la empresa CryptoPatagonia, ubicada en la manzana comprendida por las calles Echelaine, Paso de los Andes, Guayaquil y Cabot, en el barrio San Martin.
En el lugar se hicieron mediaciones de decibles constatándose que el nivel de ruido generado por los generadores supera lo establecido por la Ordenanza Nº 1064/98 “Ruidos Molestos”.
Las fajas de clausura fueron colocadas en todas las aberturas del galpón principal del predio.
Según trascendió, la empresa CryptoPatagonia no habría estado autorizada a generar energía por cuenta propia con la instalación de generadores industriales ubicados a cielo abierto y abastecido desde la red de gas exterior al predio que tiene bajo su supervisión la empresa CAMUZZI.´
Los vecinos del barrio San Martin habían hechos presentaciones en el Concejo Deliberante y en Municipio de Río Grande; incluso tomó intervención una abogada del fuero local en defensa de los vecinos.
“En el día de hoy procedimos a la clausura de la empresa CryptoPatagonia luego de que hiciéramos las mediciones de decibles como establece la Ordenanza 1064/98 en cuanto a ruidos molestos al vecindario, comprobando que estaban excedidos en cuanto a lo que establece la Ordenanza y estamos esperando el informe profesional de la empresa en cuanto a las vibraciones que denuncian los vecinos porque la empresa hizo una presentación parcial, y estamos a la espera del resto de lo solicitado, entre ellos todo el proceso técnico de la actividad y el impacto ambiental correspondiente”, dijo en el lugar de los hechos la Directora de Industria y Comercio del Municipio de Río Grande, Valeria Sánchez.
Que dice la Ordenanza Nº 1064/98 – Ruidos Molestos
Art. 3°) Queda prohibido dentro del ejido urbano de la ciudad de Río Grande, producir, causar, generar, provocar o estimular Ruidos Molestos, cuando por razones de la hora y el lugar o por su grado de intensidad, puedan perturbar la tranquilidad o reposo de la población o causar cualquier perjuicio material. La responsabilidad de los que la producen, causen, estimulen, generen o provoquen ruidos en las condiciones establecidas en el párrafo anterior, se extiende a las cosas o animales de su propiedad o de que se sirvan o que estén a su cuidado o guarda.
La Ordenanza Nº 1064/98 también define qué se considera un ruido molesto y establece límites de decibeles permitidos según el horario y la zona. Además, detalla las sanciones para quienes incumplan con estas normativas y prevé la posibilidad de clausura de locales o secuestro de vehículos en infracción.
* Otras consideraciones
Los generadores eléctricos utilizados en áreas residenciales, especialmente si son a cielo abierto, pueden generar contaminación atmosférica y sonora, afectando la salud y el medio ambiente.
Contaminación por generadores eléctricos:
Contaminación atmosférica:
Los generadores a combustión emiten gases como dióxido de azufre, monóxido y dióxido de carbono, que pueden afectar la calidad del aire, especialmente en áreas residenciales donde se concentran.
Contaminación sonora:
El ruido generado por los generadores también puede ser molesto y perjudicial para la salud de los vecinos, generando estrés y problemas de sueño.
Salud:
La exposición prolongada a estos contaminantes puede causar problemas respiratorios, cardiovasculares y otros problemas de salud.
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