Municipios quedaron afuera de la Comisión del Área Aduanera Especial
En el Decreto Nº 594/2023 del Gobierno nacional que fija la a prórroga del subrégimen industrial para las empresas textiles de Tierra del Fuego, también se estableció la modificación de la conformación de la Comisión del Área Aduanera Especial (CAAE), determinándose la desaparición de los representantes de los Municipios de Río Grande y Ushuaia, y las instituciones que la integran deberán atender la equidad de género.
La participación de los Municipios de Ushuaia y Río Grande como integrantes de la Comisión del Área Aduanera Especial (CAAE) duró apenas 2 años, ya que en el Decreto que definió la condiciones de prórroga de beneficios de la Ley 19.640 para la industria textil, el Poder Ejecutivo Nacional resolvió modificar la integración del órgano que cumple funciones de asesoramiento administrativo y normativos, encargado además de aprobar las acreditaciones de origen de todos los bienes manufacturados en el Área Aduanera Especial, que había sido dispuesta en octubre de 2021.
La nueva conformación incrementó la participación de representantes del Estado Nacional en detrimento de la de los Municipios.
El 22 de octubre de 2021, mediante el dictado del Decreto Nº 727 (prórroga por 15 años del subrégimen industrial de la Ley Nº 19.640, salvo para las textiles) el Poder Ejecutivo Nacional introdujo cambios en la conformación de la CAAE (creada en 1972) que desde 1995 estaba integrada por 1 representante titular y su respectivo suplente del Poder Ejecutivo de la provincial; 1 representante y su respectivo suplente de la Prefectura Naval Argentina; 1 representante y su respectivo suplente de Gendarmería Nacional; 1 representante y su respectivo suplente del Banco de la Nación Argentina; 2 representantes de las fuerzas vivas del Área Aduanera Especial y sus respectivos suplentes designados por el Gobierno de Tierra del Fuego; 1 representante titular de la UOM y 1 un representante suplente por ASIMRA, y 1 representante titular y su suplente, del área de Industria de Nación.
En aquél momento eliminó la representación de las fuerzas de seguridad y del Banco Nación, y dispuso que la CAAE pase a estar integrada por 7 miembros: 1 representante y su suplente del Poder Ejecutivo de la provincia; 1 representante y su suplente del Estado municipal de la ciudad de Ushuaia; 1 representante y su suplente del Estado municipal de la ciudad de Río Grande; 1 representante y su suplente de la UOM; 1 representante y su suplente de la Dirección General de Aduanas-AFIP; 1 representante y su suplente del Ministerio de Desarrollo Productivo de Nación; y 1 representante y su suplente de la UIF.
Transcurridos poco más de 24 meses, el Gobierno nacional consideró oportuno reformular nuevamente la representación sectorial dentro de la CAAE, la que a partir del Decreto Nº 594/2023 quedó integrada nuevamente por 9 miembros; 1 representante y su suplente del Poder Ejecutivo provincial; 2 representantes y sus suplentes de la Dirección General de Aduanas-AFIP siendo 1 de ellos correspondiente a la Jurisdicción central y 1 a la Jurisdicción de la ciudad de Ushuaia o de la ciudad de Río Grande; 2 representantes y sus suplentes de la Secretaría de Hacienda del Ministerio de Economía de Nación; 2 representantes y sus suplentes, de la Secretaría de Industria y Desarrollo Productivo del Ministerio de Economía de Nación; 1 representante y suplente de la UOM; y 1 representante y su suplente de la Unión Industrial Fueguina (UIF).
* Texto del artículo 9 del Decreto Nº 594/2023:
ARTÍCULO 9°.- Modifícase la integración de la Comisión para el Área Aduanera Especial Ley N° 19.640, con sede en la Ciudad de Ushuaia de la Provincia de TIERRA DEL FUEGO, ANTÁRTIDA E ISLAS DEL ATLÁNTICO SUR, creada por el artículo 38 del Decreto N° 9208/72, texto según el artículo 14 del Decreto N° 727/21, la cual se integrará atendiendo a la equidad de género tanto respecto de miembros titulares como de suplentes; para lo cual cada entidad u organismo deberá realizar propuestas alternativas de género con el fin de facilitar el cumplimiento de esta disposición, en los términos que establezca la Autoridad de Aplicación. La citada Comisión se integrará de la siguiente manera:
UNA (1) o UN (1) representante, y su respectiva o respectivo suplente, del Poder Ejecutivo de la Provincia de TIERRA DEL FUEGO, ANTÁRTIDA, E ISLAS DEL ATLÁNTICO SUR;
DOS (2) representantes, y sus respectivas o respectivos suplentes, de la Dirección General de Aduanas de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS, entidad autárquica actuante en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMÍA, siendo UNA (1) o UNO (1) de ellos correspondiente a la Jurisdicción central y UNA (1) o UNO (1) de ellos correspondiente a la Jurisdicción de la Ciudad de Ushuaia o de la Ciudad de Río Grande de la Provincia de TIERRA DEL FUEGO, ANTÁRTIDA E ISLAS DEL ATLÁNTICO SUR.
DOS (2) representantes, y sus respectivas o respectivos suplentes, de la SECRETARÍA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMÍA.
DOS (2) representantes, y sus respectivas o respectivos suplentes, de la SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y DESARROLLO PRODUCTIVO del MINISTERIO DE ECONOMÍA.
UNA (1) o UN (1) representante, y su respectiva o respectivo suplente, de la UNIÓN OBRERA METALÚRGICA DE LA REPÚBLICA ARGENTINA (UOMRA);
UNA (1) o UN (1) representante, y su respectiva o respectivo suplente, de la UNIÓN INDUSTRIAL FUEGUINA (UIF).
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