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Argentina | 06.03.2025  

Denuncia penal contra Karina Milei por delitos de cohecho, tráfico de influencias y ética pública

Se conoció que denunciaron penalmente a Karina Milei por los presuntos delitos de “cohecho, tráfico de influencias, e infringir la Ley de Ética Pública" en el marco de la estafa cripto que protagonizó junto al Presidente Javier Milei. Desde la Coalición Cívica señalan a la Secretaria General de Presidencia, frente a diversos chats difundidos, como la encargada de pedir sobornos en el escándalo $LIBRA.

Fuente: www.eldestapeweb.com

“En su carácter de Secretaria General de la Presidencia, reforzada por la condición de hermana, Karina Milei maneja la agenda de entrevistas del Presidente. Ya habían existido menciones sobre pago de candidaturas, que fueron solo eso. Coincidentes, pero menciones sin precisiones. Desde el día viernes 14 de febrero por la noche, ocasión en que se conoció la participación del Mandatario en la posible defraudación a través de $LIBRA, personas vinculadas, y que han quedado señaladas, han expresado en chats privados -luego difundidos- que la denunciada era la que pedía sobornos. Uno de los que primeros en hacerlo, fue el trader Hayden Davis”, expresan en la denuncia los Diputados nacionales de la Coalición Cívica (CC), Mónica Frade y Maximiliano Ferraro.

Asimismo, ambos Legisladores señalan que -ante la Justicia de Estados Unidos- “Karina Milei está acusada de ser quien coordinó las reuniones entre el Presidente y los promotores de la polémica cripto".

“El empresario Diógenes Casares ratificó que un alto funcionario recibió dinero para que el Presidente difundiera $LIBRA. Aquí, el nombrado, por segunda vez, señala sobre el conocimiento del pago de dinero, a un integrante del Gabinete nacional, a cambio que Javier Milei hiciera el posteo en X publicitando la criptomoneda. Volvió a reiterar haber visto los chats en los que Hayden Davis aseguró haberle pagado a Karina Milei”, recuerda el escrito.

Más allá de esto, en el marco del escándalo y de la participación presidencial -y de su entorno-, Frade y Ferraro sostienen que, "personas ajenas expusieron públicamente sus experiencias personales sobre el rol de posible 'cajera' de la Secretaria General". Entre ellos, mencionan al orfebre argentino Juan Carlos Pallarolls quien expuso que, "la denunciada le solicitó, para concretar la audiencia (con el Presidente), un depósito de US$ 2.000". También citaron a la Periodista Cristina Pérez (de LN+), quien afirmó que el entorno del Gobierno "ofrece o pide dinero para acercar empresarios al Mandatario”.

“Tantas referencias en el mismo sentido resultan aptas para que se provea una investigación al respecto porque, de ser así, la nombrada estaría aprovechándose en beneficio propio y/o familiar, de su ubicación en la función pública, comercializando el cargo de su hermano”, remarcaron. Y añadieron que, “si Karina es la única que maneja su agenda, se puede suponer que la nombrada le dio reiteradas entrada a Casa Rosada y Olivos a todos los implicados de la estafa cripto”.

Asimismo, desde la CC sostienen que si dichas entrevistas y encuentros pasaban "sólo por las manos de la denunciada, tendrá que ser materia de indagación el recorrido de esa recaudación"; que podría ser la misma familia Milei o, según señalan, la Fundación Faro Argentino, encabezada por Agustín Laje.

Sobre el cierre de la denuncia, Fade y Ferraro se refieren a la Ley Nº 25.188 de Ética en el ejercicio de la función pública. "En su artículo 2 inciso ‘C’ establece que los funcionarios públicos ‘deberán velar en todos sus actos por los intereses del Estado orientados a la satisfacción del bienestar general, privilegiando de esa manera, el interés público, por sobre el particular’”, citan y agregan, "el inciso ‘D’ exige ‘no recibir ningún beneficio personal indebido, vinculado a la realización, retardo u omisión de un acto inherente a sus funciones, ni imponer condiciones especiales que deriven de ello’".

“En su Capítulo IX, se introducen las reformas al Código Penal. El artículo 31 modifica el artículo 256 del Código Penal, que reza: 'Será reprimido con reclusión o prisión de uno a seis años e inhabilitación especial perpetua, el funcionario público que por sí o por persona interpuesta, recibiere dinero o cualquier otra dádiva o aceptare una promesa directa, para hacer, retardar o dejar de hacer algo relativo a sus funciones'”, remarcan.

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