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Argentina | 25.11.2014  

Tras varios años de elaboración, la OMI adoptó el Código Polar

La Organización Marítima Internacional (OMI) adoptó finalmente el Código Internacional para Buques que operen en Aguas Polares (Código Polar) y las enmiendas relacionadas al Convenio Internacional para la Seguridad de la Vida Humana en el Mar (SOLAS) que lo convierten en obligatorio.

Fuente: www.nuestromar.org

Se trata de un nuevo hito en el trabajo de la Organización para la protección de buques y sus tripulaciones y pasajeros, in el hostil ambiente de las aguas que circundan a los dos polos. La participación argentina.
Tal como se había anticipado, el Código y las enmiendas al SOLAS fueron adoptados durante la 94ª sesión del Comité de Seguridad marítima (MSC) de la OMI, que se celebró en Londres entre el 17 y el 21 de noviembre.
El Código Polar propuesto cubre un completo abanico de materias, que incluyen diseño, construcción, equipamiento, operación, adiestramiento, búsqueda y rescate y protección ambiental, en relación con buques que operen en las regiones mencionadas.
De hecho, estos buques ya tienen la obligación de cumplir con las normas internacionales generales adoptadas por la OMI, pero el nuevo capítulo XIV del SOLAS – titulado “Medidas de seguridad en buques que operen en aguas polares”- les agregará nuevos requerimientos, al tornar obligatorios el Código Polar (Preámbulo, Introducción y Parte I-A –Medidas de Seguridad).
El Código Polar destaca los peligros potenciales propios de la operación en regiones polares, incluidos su ubicación remota, la presencia de hielo, y las severas y cambiantes condiciones del tiempo. Teniendo ello en consideración,  el nuevo instrumento provee objetivos y requerimientos funcionales en materia de diseño y construcción de buques, equipamiento, operaciones, adiestramiento, SAR y protección ambiental, para su cumplimiento por parte de los buques que operen en las regiones del Ártico y la Antártida.
Además de las normas obligatorias, se incluyen también Recomendaciones, que se incluyen en la Parte I-B.
Utilizando el procedimiento de “aceptación tácita”, las enmiendas al SOLAS entrarán en vigor el 1º de enero de 2017.
El nuevo Código Polar no solo contempla normas de seguridad, sino otras relacionadas con los aspectos de la protección ambiental. Estas últimas serán obligatorias a partir de su incorporación definitiva al Convenio Internacional para prevenir la contaminación por los Buques (MARPOL). En octubre, el Comité de Protección del Medio Marino (CPMM) de la OMI, aprobó las  disposiciones ambientales propuestas en el borrador  del Código, junto con un borrador de enmiendas al MARPOL. Resta ahora, su adopción definitiva, que se espera obtener en la próxima sesión de este Comité, prevista para mayo de 2015, con entrada en vigor en la misma fecha prevista para las enmiendas del SOLAS.

Participación argentina
Argentina fue miembro  y participó activamente en el grupo de trabajo que durante varios años se abocó a la elaboración, discusión y perfeccionamiento del borrador del Código que finalmente está llegando a su etapa de aprobación.
Algunas confusas referencias de prensa recientes originadas en ámbitos oficiales, parecen querer dar a entender  que el Código fue un desarrollo de la Argentina, y más aún, se insinúa  que se trató de una acción llevada adelante por la Prefectura Naval, bajo la supervisión del Ministerio de Seguridad de la Nación, todo lo cual constituye un burdo error.
En efecto, la representación argentina ante la OMI está supervisada, presidida y gobernada por el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto y no por el Ministerio de Seguridad.
Por otra parte, y sin desconocer la participación seguramente eficiente de la Prefectura Naval fundada en varios aspectos de su quehacer, los aportes y posturas argentinos al trabajo internacional, se conformaron con el esfuerzo responsable de profesionales representantes de otras instituciones nacionales, como Cancillería y la Armada, con un bagaje de experiencia y conocimientos que superan –en mucho-al de nuestra fuerza de seguridad marítima, tanto  en materia de operaciones antárticas como en los diversos aspectos –técnicos y políticos- involucrados en la elaboración de un Código Polar. 

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