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Sociedad | 09.05.2021  

La Justicia de Entre Ríos ordenó a la obra social estatal cubrir el aceite de Cannabis

El Superior Tribunal de Justicia (STJ), por mayoría, condenó al Instituto Obra Social de la Provincia de Entre Ríos (Iosper) a que disponga de forma inmediata la cobertura médica de aceite de cannabis para un joven que sufre epilepsia refractaria, enfermedad también conocida como Síndrome de Lennox Gastaut, que se caracteriza por convulsiones frecuentes.

Fuente: www.analisisdigital.com.ar

La sentencia se dio en el marco de un amparo iniciado por los padres de un joven de 20 años -cuya identidad se preserva-, oriundo de Gobernador Mansilla, localidad del Departamento Tala, ubicada a 158 kilómetros de Paraná.

El fallo es comprensivo de la Ley Nº 24.901, que establece un sistema de prestaciones básicas de atención integral a favor de las personas con discapacidad; y la Ley Nº 27.350, aprobada por el Congreso el 29 de marzo de 2017, que dispone el acceso al cultivo controlado de la planta de cannabis, así como a sus derivados, para fines de tratamiento medicinal, terapéutico y/o paliativo del dolor.

La sentencia del máximo tribunal fue emitida el jueves 6 de mayo, y rechaza un recurso de apelación de la obra social que buscaba que se revoque la resolución de primera instancia de la Jueza de Paz de Gobernador Mansilla, Eldel Marilín Solda, quien hizo lugar al reclamo de la familia del joven.

A favor de que la sentencia quede firme votaron los vocales del STJ, Miguel Ángel Giorgio, Germán Carlomagno y Daniel Omar Carubia. En tanto, para que sea revocada, como lo pidieron la obra social y la Procuración General, se pronunciaron Bernardo Salduna y Juan Ramón Smaldone.

Cabe señalar que en la discusión se mencionó otro caso similar que surgió en Entre Ríos y que está a la espera de la palabra de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Se trata del expediente N° 22.974 que, de momento, tiene dictamen del Ministerio Público Fiscal de la Nación a favor del paciente que necesita la cobertura del cannabis medicinal.

El 18 de abril, en la primera instancia de la demanda, la Jueza de Paz de Gobernador Mansilla condenó al Iosper a que, “disponga de forma inmediata, la cobertura médica y farmacológica total, íntegra, oportuna, ininterrumpida y gratuita en un 100 por ciento de la alternativa terapéutica consistente en dos unidades de aceite de cannabis real Scientific Hemp Oil Max 10/ 236 Ml/ 10.000 Mg, CBD prescripto por el médico neurólogo tratante, con más los gastos adicionales correspondientes, autorizado por la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) e importado por el Laboratorio Flos Innovation con asiento en Buenos Aires”.

El año pasado, la familia del joven también había promovido el mismo reclamo, pero entonces obtuvo un fallo a favor en primera instancia, que luego fue revocado por el STJ, integrado por los vocales Susana Medina, Claudia Mizawak y Smaldone.

En este nuevo capítulo del reclamo se impuso el criterio del Juez Giorgio, quien comandó el pronunciamiento en rechazo al planteo del Iosper.

Según la resolución, el Juez ponderó los argumentos de los abogados de la familia del paciente, Gustavo Baridón y Angelina Forti; de la jueza de Paz de Gobernador Mansilla, como así también el dictamen del Defensor General de la Provincia, Maximiliano Benítez.

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