Jueves 30 de Enero de 2025 | 14:32 hs.
Rio Grande
Max:°C | Min:°C
V: Km/h VD:
Ushuaia
Max:°C | Min:°C
V: Km/h VD:
Islas Malvinas
Max:°C | Min:°C
V: Km/h VD:
Sociedad | 19.07.2023  

La ANMAT prohibió un café molido, una miel, y un snack de frutos secos

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT), luego de una exhaustiva investigación tomó la determinación de prohibir una serie de marcas de café, miel y frutos secos.

Fuente: www.cadena3.com

Lo dio a conocer a través de sendas disposiciones publicadas hoy Boletín Oficial de la Nación.

Café brasileño. Mediante la Disposición 5280/2023 se prohibió la venta de un café brasileño, también por considerarlo un producto ilegal.

"Prohíbese la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional, y en las plataformas de venta en línea el producto: Café tostado natural en grano marca RUNA CAFÉ, Nombre de fantasía: Santos Brasil y cualquier otro café marca RUNA que no presente en sus rótulos números de Registro Nacional de Establecimiento (RNE) y/o de Registro Nacional de Producto Alimenticio (RNPA), en cualquier presentación, lote y fecha de vencimiento, por carecer de registros sanitarios de establecimiento y producto, resultando ser en consecuencia un producto ilegal", informó la ANMAT.

Miel. A través de la Disposición 5263/2023 publicada este miércoles en el Boletín oficial la ANMAT prohibió una marca de miel por considerarla ilegal.

"Prohíbese la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional, y en plataformas de venta en línea del producto: Miel de abeja de Córdoba marca Establecimiento Dulcinea en cualquier presentación, lote y fecha de vencimiento", se explicó desde la ANMAT.

La media es "por carecer de registro de establecimiento y de producto, y por estar falsamente rotulado al exhibir en el rótulo un número de RNE inexistente y de RNPA perteneciente a otro producto, resultando ser en consecuencia un producto ilegal".

Frutos secos. Mediante la disposición 5279/2023 se prohibió la venta y consumo de una serie de frutos secos y sus derivados.

"Prohíbese la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional de los productos: Maní crocante sabor jamón, marca Productos FA-DI, Maní repelado salado, marca Productos FA-DI, Pasas de uva s/ semilla, marca Productos Naturales, fraccionado por DIS-FRUT, Ciruelas s/ carozo, marca Productos Naturales, fraccionado por DIS-FRUT", indicó ANMAT, y añade, “Mix frutos secos, marca Productos Naturales, fraccionado por DIS-FRUT, en cualquier presentación, lote y fecha de vencimiento, por carecer de registro de establecimiento y de producto, y por estar falsamente rotulados al exhibir en el rótulo un número de RNE inexistente y números de RNPA pertenecientes a otros productos, resultando ser en consecuencia productos ilegales".

DEJE SU COMENTARIO

IMPORTANTE: Los comentarios publicados son de exclusiva responsabilidad de sus autores y las consecuencias derivadas de ellas pueden ser pasibles de las sanciones legales que correspondan. Aquel usuario que incluya en sus mensajes algun comentario violatorio del reglamento será eliminado e inhabilitado para volver a comentar.

* campos obligatorios

0 COMENTARIOS

Newsletters

Suscríbase a nuestras novedades.

síganos