Promulgan la ley de Monotributo con alivios, que elimina el retroactivo y establece la moratoria
A través de un decreto en el Boletín Oficial, el Gobierno promulgó la ley de Monotributo que aprobó el Congreso, la cual establece beneficios fiscales, cambios en las escalas, elimina el retroactivo que se generó a principio de año, y establece una moratoria de hasta 60 cuotas. Ahora se espera la reglamentación de la AFIP.
Nuevas escalas del Monotributo
La ley promulgada eleva las escalas del monotributo en un 35% respecto a los que regía anteriormente. Con los cambios quedarán de la siguiente forma:
Categoría A: el límite de facturación anual pasa a $370.000
Categoría B: el tope quedó en $550.000
Categoría C: la facturación sube a $770.000
Categoría D: el monto máximo se ubica en $1.060.000
Categoría E: el límite máximo llega a $1.400.000
Categoría F: el tope de facturación queda en $1.750.000
Categoría G: el máximo aumenta a $2.100.000
Categoría H: es la más alta para quienes venden servicios y el techo de facturación será de $2.600.000
Categoría I: el máximo aumenta a $2.910.000
Categoría J: el tope alcanza $3.335.000
Categoría K: el máximo se incrementa hasta $3.700.000
Asimismo, se incluye un alivio fiscal por la condonación de la deuda que se generó en el periodo enero-julio por la no actualización de las cuotas del tributo.
Por otro lado, se establece una moratoria para regularizar las deudas de los monotributistas que será en 60 cuotas y con una tasa de interés que no superará el 1,5% mensual. Sin embargo, según anticipó la titular de AFIP, Mercedes Marcó del Pont, para las categorías más bajas será de 1,25%.
A su vez, se dispone una amplia moratoria que beneficia a los caídos del sistema en los últimos tres años.
Cuáles son los beneficios para monotributistas
La ley, cuya elaboración estuvo a cargo del presidente de la Cámara de Diputados Sergio Massa, se denominó de "alivio fiscal" a monotributistas, el cual -entre sus puntos salientes- actualiza las escalas y retrotrae los valores de las cuotas a diciembre del año pasado para cada una de las categorías.
La iniciativa, que aplicará la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), organismo a cargo de Mercedes Marcó del Pont, amplía las escalas a partir de julio de este año de manera tal que en los hechos eleva entre el 35 y el 77% los topes de Ingresos Brutos para cada una de las categorías.
También se incorporan beneficios para aquellos contribuyentes que facturaron por encima del tope de la máxima categoría de manera tal que puedan permanecer en el régimen simplificado y no tengan que pasar al régimen general de autónomos.
El "alivio fiscal" apunta a alcanzar a cuatro millones de monotributistas. Sólo podrán acceder al "alivio fiscal" aquellos monotributistas con ingresos totales de no más de 5,5 millones de pesos anuales, equivalentes a una vez y media la máxima categoría del régimen, para no favorecer a contribuyentes con ingresos y patrimonios importantes que abusan del régimen simplificado y se ocultan en el monotributo.
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