Declaran la inconstitucionalidad de las ordenanzas que prohíben el funcionamiento de Uber en Ushuaia
El Juzgado Correccional de Ushuaia resolvió la inconstitucionalidad de las ordenanzas N° 5.283 y 6.214, las cuales prohíben la utilización de las plataformas digitales de transporte que no estén habilitadas por la ciudad.
En ese sentido, el Juzgado Correccional de Ushuaia resolvió:
1. “Declarar la inconstitucionalidad de las Ordenanzas N° 5.283 y 6.214, y en consecuencia, dejar sin efecto las sentencias emitidas por el Juzgado de Faltas en los expedientes indicados en el Visto. Costas por su orden atento lo novedoso de la cuestión".
2. “Mandar copia de la presente a cada Concejal de la ciudad y al señor Intendente para su cumplimiento y sus efectos”.
3. “Protocolícese y notifíquese a los letrados patrocinantes y al Ministerio Publico Fiscal”.
“Toda actuación que busque multar el uso de plataformas digitales no tendrá validez”, Valter Tabarone
“La Justicia ha revocado las resoluciones del Juzgado de Faltas respecto a las multas que se dan con plataformas digitales”, explicó el Concejal de Ushuaia Valter Tavarone y confirmó que, “toda actuación que busque multar el uso de plataformas digitales no tendrá validez”.
Desde la justicia se ampararon en normas nacionales que permiten el uso de este tipo de plataformas. Ahora resta esperar que hará el Municipio, si apaleará o no el fallo dictado por la Jueza del Juzgado Correccional del Distrito Judicial Sur, Dra. Felicitas Maiztegui Marcó.
El origen de la causa
Se recuerda que todo comenzó con el recurso presentado por Román Miguel Avellaneda, quien apeló una multa que Tránsito Municipal le había impuesto por trabajar con esa plataforma.
Esa multa era “de seis mil (6000) UFA e inhabilitación para conducir vehículos automotores por el término de seis (6) meses, de conformidad con lo dispuesto en el art. 11 de la Ordenanza Municipal (O.M.) Nº 2.674 y art. 32 de la Ordenanza Municipal (O.M.) Nº 2.778 (resolutorio de hojas 40/42).
sur54.com / actualidadtdf.com.ar / airelibre.com.ar
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