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Malvinas | 10.04.2021  

Ratifican el procesamiento de cuatro militares acusados de torturar a sus soldados en Malvinas

La Cámara de Apelaciones de Comodoro Rivadavia dejó firme la sentencia de Garde, Affranchino Rumi, Calderini y Gassino; los cuatro primeros militares en la causa que se investiga delitos de tormentos y vejaciones a soldados argentinos durante la Guerra de Malvinas de 1982. Por las mismas causales, el próximo martes 13 comienzas nuevas indagatorias a seis oficiales de alto rango, entre ellos, al General de Brigada Omar Parada.

Fuente: www.agendamalvinas.com.ar

La Cámara de Apelaciones de Comodoro Rivadavia ratificó el procesamiento a los ex oficiales del Ejército Argentino Miguel Ángel Garde, Belisario Gustavo Affranchino Rumi, Gustavo Adolfo Calderini y Eduardo Luis Gassino, del 18 de febrero de 2020; efectuado por la Jueza Mariel Borruto, a cargo del Juzgado Federal de Río Grande, Tierra del Fuego, por los delitos ocurridos con los conscriptos pertenecientes al Regimiento de Infantería 5 en las posiciones ocupadas en Puerto Yapeyú, durante la guerra de 1982.

Se trata de la causa 1.777/07 caratulada “PIERRE, PEDRO VALENTIN Y OTROS S/IMPOSICION DE TORTURA”, iniciada en el año 2007, en la cual fueron denunciados 95 militares por 105 casos señalados por 120 víctimas de distintas unidades militares que participaron en el conflicto.

Entre las páginas 10 y 11 del escrito judicial, se manifiesta que, “el   examen  objetivo de los hechos denunciados, permite en principio (…) considerar que los mismos reúnen las características exigidas por el derecho internacional, para ser conceptuados delitos de Lesa Humanidad. Dado que, de conformidad a la normativa internacional, la conceptualización de un crimen como la tortura dentro de la categoría de Lesa Humanidad requiere que el mismo haya sido cometido en un contexto de ataque generalizado o sistemático contra una población civil”.

“Así,   la   circunstancia   de   que   se   encuentren   en   curso   de investigación una gran cantidad de hechos de similares características, cometidos por el personal superior de distintos regimientos que intervinieron en la guerra de Malvinas,  permite considerar que en el caso se encuentra presente el requisito de generalización en cuanto hace referencia a la dirección del accionar a gran escala, exigido como elemento de tales crímenes. Es decir que las conductas investigadas, no habrían sido un “hecho aislado o aleatorio”, sino que presumiblemente formaron parte de una agresión, desplegada por la superioridad contra el personal subalterno, que por lo menos habría gozado de la aquiescencia del Estado”, señala el fallo de los Jueces de Cámara  HEBE L. CORCHUELO DE HUBERMAN,  JAVIER LEAL DE IBARRA y ALDO SUAREZ.

“La   aplicación   de   sufrimientos,   consistente   en   la   privación injustificada de alimentos,  aplicación  de sanciones ilegitimas y degradantes a los integrantes de la propia tropa,  habría  sido  una  práctica  corriente  realizada  por  el personal  superior durante la guerra del Atlántico Sur, como parte de una política de supremacía de los altos mandos que se encontraban en combate por sobre los soldados más rasos”, destacan.

Por lo que, “tanto   el   conocimiento   del   contexto,   cuanto   la   tolerancia   y aquiescencia del ataque pueden presumirse a partir del temor que se les infundió a las víctimas luego de la rendición, en tanto se le habría dicho que no debían relatar lo ocurrido so riesgo de ser sometidos al Consejo de Guerra. En este sentido, existen numerosos testimonios que dan cuenta de dicha situación”, refieren en su sentencia los magistrados en cuanto a la planificación de Estado dictatorial, para ocultar la aplicación de tormentos y vejámenes a los soldados.

 

Las tecnologías de la impunidad

A través de su cuenta de twitter, el abogado del Centro de Ex Combatientes Islas Malvinas de La Plata CECIM, Jerónimo Guerrero Iraola dijo que la Cámara consideró que, “hay elementos firmes para sostener que han sido crímenes de lesa humanidad, la sentencia expresa que es una obligación del Estado investigar, afirma que no se puede disponer ni prescripción, ni cualquier otro obstáculo para acceder a la justicia, toma en cuenta las declaraciones de las víctimas, sobre las que dice que son verosímiles y testimonios centrales, da cuenta de cómo los soldados fueron obligados a callar bajo amenaza de consejo de guerra, y habla de las tecnologías de impunidad, de cómo la dictadura intentó ocultar los crímenes cometidos durante la Guerra de Malvinas”.

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