Aclaran que Daniela Guevara no posee representación institucional ni mandato para hablar en nombre de la Comunidad Indígena Rafaela Ishton
La Comunidad Indígena Rafaela Ishton del Pueblo Nación Selk’nam se dirige a los medios de comunicación, organismos públicos y a la sociedad para expresar su rechazo a las declaraciones, denuncias y publicaciones difundidas recientemente por la Sra. Daniela Guevara en las que se invoca, directa o indirectamente, el nombre, el territorio, la historia o la representación de nuestra Comunidad.
La Comunidad informa de manera expresa que Daniela Guevara no posee mandato vigente, autorización de la Comisión Directiva, del Presidente/Cacique, del Consejo de Ancianos, ni de una Asamblea Comunitaria para representar, gestionar, denunciar, negociar o emitir posiciones institucionales en nombre de la Comunidad Indígena Rafaela Ishton.
Por tanto, sus expresiones deben entenderse como manifestaciones personales. No constituyen decisiones, denuncias, acuerdos, posturas ni comunicaciones oficiales de la Comunidad Rafaela Ishton ni del Pueblo Nación Selk’nam.
Representación y autonomía
La Comunidad cuenta con personería jurídica, Estatuto, Reglamento Interno, autoridades y procedimientos propios. La representación de la Comunidad no se obtiene mediante declaraciones públicas, apariciones en medios de comunicación ni invocaciones personales de identidad: surge de las formas organizativas comunitarias, las decisiones de sus asambleas y la intervención de sus autoridades legítimas.
Nuestro Reglamento Interno establece que los trámites, reuniones y gestiones ante instituciones gubernamentales, nacionales, provinciales o municipales realizados en nombre de la Comunidad requieren la autorización previa de la Comisión Directiva y del Consejo de Ancianos. Ese procedimiento existe para proteger a las familias, el territorio, la memoria comunitaria y el derecho de nuestro Pueblo a decidir sobre sus propios asuntos.
La Comunidad reafirma su derecho a la autonomía, al autogobierno y a determinar sus estructuras institucionales y formas de representación, conforme al artículo 75 inciso 17 de la Constitución Nacional, al Convenio 169 de la OIT aprobado por Ley 24.071 y a los estándares internacionales de derechos de los pueblos indígenas.
Aclaración sobre pertenencia
La Comunidad Rafaela Ishton deja expresamente aclarado que, conforme a sus registros, su historia colectiva, sus autoridades y sus decisiones internas, Daniela Guevara y las demás personas que pretendan hablar en su nombre no son reconocidas por esta Comunidad como integrantes del Pueblo Selk’nam u Ona, ni cuentan con pertenencia comunitaria, mandato o legitimidad para representar a la Comunidad Rafaela Ishton.
Esta definición responde a la autonomía organizativa y a los procedimientos propios de la Comunidad. No constituye un agravio personal: es una aclaración institucional necesaria frente a la información pública difundida.
Esas personas tampoco han sido parte de los procesos colectivos, territoriales e institucionales que conforman la historia y continuidad de la Comunidad Rafaela Ishton. La pertenencia, la participación y la representación comunitaria deben definirse dentro de los mecanismos propios de la Comunidad, su memoria, sus autoridades, sus familias y sus decisiones colectivas; no pueden imponerse desde afuera ni atribuirse unilateralmente.
En consecuencia, no pueden invocar la identidad Selk’nam/Ona, la historia de la Comunidad Rafaela Ishton, ni el territorio comunitario para presentarse ante medios, autoridades u organismos como representantes, voceras o integrantes autorizadas.
Respeto a los ancianos
La Comunidad lamenta que, según antecedentes conocidos por sus integrantes, ancianos y mayores, hayan recibido años de insultos, agravios y ataques verbales. Rechazamos de manera absoluta toda conducta que afecte su dignidad, ya que los ancianos son fundamentales para la memoria, la transmisión histórica y la continuidad cultural del Pueblo Selk’nam.
No aceptaremos ataques, descalificaciones ni acciones que busquen dividir a las familias, desconocer a las autoridades legítimas o dañar el nombre de la Comunidad.
Consulta previa y territorio
La Comunidad defiende plenamente el derecho a la consulta previa, libre e informada, que exige que las medidas administrativas susceptibles de afectar directamente a una comunidad indígena sean tratadas de buena fe, mediante procedimientos adecuados y a través de sus instituciones representativas.
La consulta no puede ser invocada por personas sin mandato para intervenir en nombre de la Comunidad, desconocer a sus autoridades legítimas, facilitar decisiones ajenas a la voluntad colectiva o promover conflictos internos.
Rechazamos cualquier ingreso, fiscalización, actividad económica, proyecto, negociación, obra o intervención de terceros sobre el territorio comunitario que no respete a las autoridades legítimas, la autonomía, la organización interna y el derecho de participación de la Comunidad Rafaela Ishton.
La Comunidad no cuestiona que las autoridades competentes investiguen hechos que pudieran afectar el ambiente o el interés público. Exigimos que toda actuación estatal se realice con legalidad, información clara, respeto por las autoridades comunitarias, derecho de defensa, participación efectiva y resguardo de los derechos colectivos indígenas.
Hechos que deben investigarse
La Comunidad manifiesta que existen conflictos y situaciones vinculadas a presuntas gestiones no autorizadas, ingreso de terceros, actividades económicas y uso del nombre de la Comunidad. Estas cuestiones se encuentran sujetas a presentaciones y acciones ante los organismos y la Justicia competentes.
Si cualquier persona sostiene contar con pruebas sobre posibles delitos, daño ambiental, extracción de recursos, ventas, negocios irregulares, amenazas u otras situaciones graves, debe presentarlas ante la Justicia, el Ministerio Público Fiscal y los organismos administrativos competentes, con documentación verificable.
No corresponde reemplazar investigaciones formales con acusaciones mediáticas, afirmaciones sin prueba o publicaciones que confundan a la sociedad sobre quién representa legítimamente a la Comunidad. Los hechos deben ser investigados con seriedad, imparcialidad y respeto por las garantías de todas las personas involucradas.
Llamado a medios e instituciones
Solicitamos a los medios de comunicación que, antes de publicar información como posición de la Comunidad Rafaela Ishton, verifiquen la identidad, el mandato y la legitimidad de quien habla. Las comunicaciones institucionales de la Comunidad deben contar con la intervención de sus autoridades y canales oficiales.
Solicitamos al Municipio de Tolhuin, al Concejo Deliberante, al Instituto Nacional de Asuntos Indígenas, a las autoridades provinciales y nacionales, y a los organismos de derechos humanos que respeten la institucionalidad, la autonomía y las formas de organización de la Comunidad. Ninguna persona debe ser reconocida como representante sin la documentación y el mandato comunitario correspondientes.
La Comunidad Indígena Rafaela Ishton no permitirá que se ensucie el nombre del Pueblo Selk’nam, se confunda a la opinión pública o se utilice la identidad, el territorio y la historia comunitaria para fines personales o intereses ajenos a la voluntad colectiva.
Reafirmamos nuestro compromiso con la defensa del territorio, el cuidado ambiental, la verdad, el respeto a nuestros ancianos, la unidad de las familias y la plena vigencia de los derechos del Pueblo Nación Selk’nam.
Comunidad Indígena Rafaela Ishton
Pueblo Nación Selk’nam
Presidente/Cacique: Juan Andrés Suárez
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