“El DNU de Milei es una reforma constitucional encubierta”, Andrea Freites
La Diputada nacional por Tierra del Fuego, integrante del bloque Unión por la Patria (UxP), participó de la Jornada Debate “Análisis Constitucional del DNU 70/2023” que se desarrolló en la Honorable Cámara de Diputados de la Nación. “Debemos rechazarlo de manera urgente”, remarcó Andrea Freites.
De la Jornada Debate “Análisis Constitucional del DNU 70/2023” que se desarrolló en la Honorable Cámara de Diputados de la Nación participaron expositores especialistas en Derecho Constitucional, Académicos y Organizaciones de Abogados.
“Especialistas en derecho constitucional, académicos, y organizaciones de abogados, coincidieron en que el DNU 70/23 es inconstitucional”, señaló Andrea Freites y acotó, “diversos sectores del ámbito coinciden en que carece de los requisitos para ser considerado válido”.
La Parlamentaria nacional resalto que, “se estima que viola más del 30% de la Constitución, incluyendo derechos fundamentales como la libertad de expresión, el derecho de propiedad y la igualdad ante la ley; es una magnitud de las transgresiones”.

Por su parte, Mariela Puga, Abogada, Doctora en Derecho Constitucional de la Universidad de Buenos Aires sostuvo que, "la declaración de la emergencia pública del DNU es inconstitucional porque no es competencia del PEN. Transforma la emergencia en una circunstancia comodín, para justificar no sólo las medidas que se toman, sino todas las que se tomen por 2 años".
En tanto, Miguel Rodríguez Villafañe, Abogado Constitucionalista, resaltó que, “todo lo que se haya hecho bajo el Decreto 70/23 es nulo y se podrán retrotraer los efectos haciendo un planteo ante la justicia".
Para Pablo Luis Manili, Abogado Constitucionalista, con estudios de posgrado en EE. UU., Francia, Italia, España y Holanda, entre otros países, “ninguno de los requisitos que establece la Constitución para dictar un DNU están cumplidos. La Constitución dice que los DNU deben ser tratados de inmediato. Debe tratarse en esta Cámara y debe ser anulado”.
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