Nuevas disposiciones para quienes regresen a Tierra del Fuego
El Ministerio de Salud de Tierra del Fuego dispuso mediante Resolución N°1305, que a partir de este viernes 18 de septiembre, todas aquellas personas que regresen a Tierra del Fuego, por cualquier medio, deberán acreditar DNI con domicilio en la provincia, constancia de PCR mediante técnica de hisopado para detección de SARS-CoV-2/ COVID-19 “no detectable” no mayor a las 72 horas, o constancia de anticuerpos (IgG) positivos, y realizar aislamiento por el término de 14 días en domicilio declarado para tal fin.
La medida incluye a quienes ingresen por vía aérea y terrestre. Además, deberán presentar declaración jurada que podrá ser descargada a través del siguiente link: https://www.tierradelfuego.gob.ar/wp-content/uploads/2020/09/DDJJ.pdf
Para el caso de la persona o grupo conviviente que ingrese a la provincia e informe que debe permanecer en un domicilio con personas que ya se encuentren en el domicilio, la medida de aislamiento será extensiva a su grupo conviviente, debiendo indicar en la declaración jurada la cantidad de personas que residan en el domicilio y si se encuentra alguna persona incluida dentro de los grupos de riesgo.
Toda la documentación solicitada deberá ser presentada antes de abordar el avión de la ciudad de origen.
Asimismo se prevé que quienes arriben a la provincia deberán trasladarse a sus domicilios en transporte de pasajeros, sea en Ushuaia. Tolhuin o Río Grande.
Cabe destacar que aquellas personas que quieran salir de la provincia no requerirán autorización del COE, pero al momento de regresar deberán cumplir con los requisitos antes mencionados. De igual modo, deberán tener en cuenta las condiciones de ingreso a la provincia de destino.
Secretaría de Comunicación. Gobierno de Tierra del Fuego.
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